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Periodismo: La necesidad humana de informar. La libertad en el sistema de derechos

«Lo ocurrido puede volver a ocurrir. Las conciencias pueden volver a ser seducidas y oscurecidas: las nuestras también.»

Primo Levi (Los hundidos y los salvados, 1986)

Hay libertades que solemos recordar únicamente cuando nos son denegadas; la libertad de expresión es una de ellas. Mientras podemos hablar, escribir, investigar y publicar sin obstáculos, tendemos a considerarla una condición natural de la vida. Sin embargo, si no prestamos atención a los pequeños y minuciosos actos de clausura, comenzamos a debilitarnos. De la historia aprendemos que la pluralidad empieza a desvanecerse cuando se desacredita al que pregunta, se ridiculiza al que incomoda y se termina naturalizando que una sola voz pueda explicar el mundo para todos.

Antes de ser una garantía jurídica, comunicarnos es una necesidad humana profunda. El ser humano necesita expresar lo que piensa, advertir un peligro, transmitir una experiencia, pedir ayuda, conservar la memoria y compartir con otros su interpretación de la realidad. La comunicación nos permite formar vínculos, educar a nuestros hijos, organizar comunidades, cooperar y construir cultura. No somos individuos aislados que ocasionalmente intercambian información: somos seres relacionales, y buena parte de nuestra humanidad se realiza en la palabra compartida.

Por eso, atacar la libre información no es simplemente limitar una actividad profesional; es intervenir sobre la capacidad de una sociedad para comprender, discutir y decidir. Cuando se impide que circulen distintas voces, no solo se afecta al periodista silenciado, sino también a quien ya no podrá conocer una versión diferente, formular una pregunta incómoda o descubrir que aquello presentado como verdad oficial era, en realidad, una interpretación interesada, sesgada por el oportunismo y asimilada con mediocridad.

La historia del siglo XX mostró este peligro con una brutalidad insoslayable. La Alemania nazi no utilizó la propaganda como un elemento secundario de su proyecto político, sino que la convirtió en una herramienta central de control social. El Ministerio de Propaganda y Educación Popular, dirigido por Joseph Goebbels, intervino sobre la prensa, la radio, el cine, el teatro y las artes. Los medios se emplearon para difundir la ideología nazi, construir un enemigo, deshumanizar al otro y presentar la obediencia a la ley como una virtud. Pero lo legal no siempre define lo correcto, lo ético ni lo justo; apegarse a la literalidad de la norma impide al ser humano construir doctrina sin la congruencia prudente de quien busca el bien por encima de la ley.

La propaganda no creó por sí sola todos los prejuicios que hicieron posible el Holocausto, pero contribuyó a organizarlos, amplificarlos y convertirlos en una visión socialmente aceptable. El odio comenzó siendo discurso; luego se transformó en exclusión, en legislación, en persecución y, finalmente, en exterminio. Los jóvenes fueron especialmente vulnerables a ese proceso. El régimen comprendió que quien controla la formación de las nuevas generaciones no solo influye en el presente, sino que intenta apropiarse del futuro. Todo esto se encuentra ampliamente documentado, y estudiarlo es la vía para salir de la ignorancia.

El Museo Conmemorativo del Holocausto de los Estados Unidos expone cómo el nazismo controló los medios y dirigió mensajes específicos a la juventud:

https://encyclopedia.ushmm.org/content/en/article/nazi-propaganda-and-censorship

https://encyclopedia.ushmm.org/content/en/article/indoctrinating-youth

Asimismo, explica cómo, poco después de llegar al poder en 1933, el régimen tomó el control de los periódicos y estableció la forma en que debían redactarse las noticias:

https://encyclopedia.ushmm.org/content/en/article/writing-the-news

Entonces, la lección no es que toda comunicación pública sea propaganda ni que toda intervención estatal en materia cultural sea ilegítima. La lección es otra: una sociedad queda en situación de vulnerabilidad cuando el Estado, un partido, una ideología o un grupo concentrado de medios logra convertirse en la fuente casi exclusiva de información y pensamiento. Cuando solo una voz tiene la capacidad de llegar a todos, la ciudadanía deja de deliberar y comienza a consumir una realidad previamente manipulada.

Tras la Segunda Guerra Mundial, el mundo intentó responder jurídicamente a esa experiencia. La Declaración Universal de Derechos Humanos no nace en un vacío histórico: surge ante la evidencia de que un Estado puede utilizar sus instituciones, leyes, educación y medios para convertir a seres humanos en enemigos de sus semejantes.

Por ello, el artículo 19 de la Declaración reconoce que toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, lo que incluye la facultad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio y sin consideración de fronteras:

https://www.ohchr.org/en/human-rights/universal-declaration/translations/english

Guste o no, importe o no, moleste o no, esta premisa debe respetarse. No se trata únicamente del derecho a decir lo que el poder está dispuesto a escuchar. La libertad de expresión adquiere su verdadero significado cuando protege la voz crítica, la investigación independiente y la información que resulta incómoda. Si solo se ampara la palabra conveniente, no existe un derecho, sino un permiso condicionado; y el condicionamiento anula la libertad. Aunque el marco jurídico justifique y ampare, si este anula la libertad, se entra en un terreno peligroso. El sistema de derechos jamás debería anular la dignidad intrínseca de la persona humana; debe proteger las voces inoportunas, pues sin pluralidad corremos el riesgo de estar ampliando nuestra propia jaula.

En el sistema interamericano, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos protege la libertad de pensamiento y expresión, reconociendo el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole por cualquier procedimiento. Además, prohíbe las restricciones indirectas, tales como el abuso de controles sobre el papel, las frecuencias radioeléctricas, los equipos o cualquier otro medio destinado a impedir la comunicación:

https://www.impo.com.uy/bases/leyes-internacional/15737-1985

Esto resulta fundamental porque el control de la información no siempre adopta la forma evidente de una censura previa. A veces se expresa en la distribución selectiva de la publicidad oficial, en la persecución administrativa, en la concentración de licencias, en el bloqueo económico a medios independientes o en la exigencia de autorizaciones arbitrarias.

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos advierte sobre los monopolios y oligopolios en la propiedad y control de los medios, dado que conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad necesarias para el ejercicio del derecho a la información:

https://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=132&lID=2

La pluralidad no implica simplemente la existencia de múltiples nombres de medios; requiere distintas perspectivas, investigaciones, enfoques y voces en la conversación pública. Una sociedad puede contar con numerosos canales y, sin embargo, recibir una única interpretación de los hechos si todos responden al mismo marco ideológico.

El Bloque de Constitucionalidad protege esta dimensión esencial. En el caso de la Constitución uruguaya, su artículo 29 establece que es enteramente libre la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura:

https://www.impo.com.uy/bases/constitucion/1967-1967/29

Por su parte, la Ley N.º 16.099 reafirma la libre expresión y comunicación de pensamientos, opiniones y noticias por cualquier medio de comunicación. Su artículo 3 establece que todos los habitantes de la República son titulares de estas libertades (cabe destacar que la norma refiere formalmente a libertades y no solo a derechos):

https://www.impo.com.uy/bases/leyes/16099-1989

De este marco jurídico se desprende una consecuencia clara: el periodismo no puede ser concebido como una actividad reservada exclusivamente a quienes poseen un título universitario. No existe tal exigencia en el sistema de derechos, pues el decir y el escuchar están consagrados como Derechos Humanos Fundamentales al responder a una necesidad inherente a la naturaleza humana.

Sobre esta premisa, la Corte Interamericana, en su Opinión Consultiva OC-5/85, rechazó la colegiación obligatoria y sostuvo que el periodismo está estrechamente ligado al ejercicio de la libertad de expresión. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA señala que la exigencia de un título universitario para ejercer el periodismo constituye una restricción ilegítima:

https://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=132&lID=1

El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en su Observación General N.º 34, expresó además que el periodismo es una función compartida por una amplia variedad de actores, incluyendo periodistas profesionales, analistas, blogueros y otras personas que participan en formas de publicación independiente:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=ZpCGeTbEvWUSuaccuxTQCqVDCeIRV8BKirddDU4od3aKmS6tGDsmuH0IXeKxJ%2Bw6Jkcvk698o4iwdg%2FHOS%2Ff0A%3D%3D

Esto no significa que toda publicación sea periodismo ni que cualquier opinión deba presentarse como información verificada. Significa que el derecho protege la función de investigar, elaborar y difundir información de interés público, independientemente de que quien la ejerza provenga de la academia o de una redacción tradicional.

El periodismo es un oficio, pero también una responsabilidad social. Precisamente por ello debemos protegerlo, reivindicarlo y mantenerlo libre de monopolios, censuras y sanciones desproporcionadas. Esta protección no depende de que el periodista sea infalible, ni de que sus palabras resulten afines a nuestra mirada. Un profesional puede equivocarse, recurrir a una fuente débil, interpretar erróneamente un hecho o sostener una postura injusta. La respuesta democrática frente al error no es el silencio, sino el debate, el contraste, la exigencia de rectificaciones oportunas y la garantía de que la sociedad conozca las distintas versiones.

La libertad de informar no otorga licencia para dañar deliberadamente; no ampara la amenaza, el hostigamiento, la intromisión injustificada en la intimidad, la manipulación consciente de los hechos, la imputación maliciosa de delitos ni la incitación al odio o a la violencia. Sin embargo, no debe confundirse un error, una opinión incómoda o una investigación imperfecta con una conducta que justifique la máxima respuesta del poder punitivo.

El artículo 13 de la Convención Americana admite responsabilidades ulteriores únicamente cuando estén previstas por la ley y resulten necesarias para proteger los derechos o la reputación de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas. Toda restricción debe interpretarse de manera estricta, responder a una finalidad legítima y guardar proporción con el daño que pretende evitar; nunca puede utilizarse como censura encubierta ni como mecanismo para imponer silencio.

La responsabilidad periodística existe, pero no exige infalibilidad. El periodista debe verificar, contextualizar, distinguir hechos de opiniones y reparar sus errores. La sociedad, por su parte, debe poder responder con argumentos, derecho de réplica y crítica pública. Defender la voz de quien informa no significa concederle la razón: significa impedir que el miedo, la conveniencia o el poder decidan quién tiene derecho a hablar.

Por ello, la radicalización de las medidas no debería ser la respuesta ordinaria frente a los conflictos derivados de la expresión. En una democracia, la libertad debe protegerse aun cuando la información resulte incómoda o errónea; si solo se permite hablar a quienes no se equivocan —o a quienes jamás contradicen al poder—, la libertad deja de ser un derecho protegido y se convierte en un premio a la obediencia.

El periodista riguroso debe distinguir entre hechos comprobados, testimonios, inferencias y opiniones. Debe verificar antes de afirmar, citar sus fuentes cuando sea posible, proteger la identidad de quienes puedan quedar expuestos y corregir las equivocaciones. La libertad de expresión no puede ser un refugio para la irresponsabilidad. La nobleza de la tarea periodística no reside en tener siempre la razón, sino en buscar honestamente la verdad, reconocer los propios límites y tratar con dignidad a quienes piensan diferente.

Proteger al que informa no significa validar todo lo que dice, sino comprender que una sociedad libre no puede defender a los periodistas solo cuando publican lo que le conviene o confirma sus expectativas. La libertad pierde su sentido si se transforma en una recompensa para los obedientes. El periodista debe poder investigar al gobierno que admiramos, cuestionar al medio que respetamos y señalar los abusos de quienes consideramos cercanos. Por ello, incluso cuando un periodista no convence o dista de las convenciones sociales, debemos honrar la virtud de no ceder ante lo políticamente correcto.

El periodismo independiente forma parte de la cultura porque los medios no son meros canales por donde circulan datos. Contribuyen a construir memoria, lenguaje, sensibilidad y conciencia social. Cuando se ejercen con respeto, altruismo y nobleza, ayudan a la comunidad a comprender el dolor ajeno, reconocer las injusticias, dar voz a quienes no la tienen y encontrar soluciones que el aislamiento jamás permitiría imaginar.

Lo contrario también es cierto. Cuando la comunicación se degrada en propaganda, cuando se utiliza para fabricar enemigos y cuando la información se convierte en una herramienta de dominación, la cultura entera se enferma, se oscurece y cae en la tibieza, educando a toda una generación en la sospecha, el desprecio y el daño hacia el otro. Se reemplaza entonces el pensamiento por consignas y la conciencia por obediencia ciega.

Primo Levi, químico, escritor italiano de origen judío sefardí y sobreviviente del Holocausto, dejó una advertencia de vigente actualidad: «Lo ocurrido puede volver a ocurrir». No basta con recordar los crímenes del pasado; es necesario reconocer las condiciones que los hicieron posibles: la censura, la uniformidad, la deshumanización, el miedo y la renuncia progresiva a pensar por cuenta propia.

Defender la libertad comunicativa no es defender el caos ni la mentira. Es defender la posibilidad de que la verdad sea buscada desde distintos frentes, por personas diversas, con métodos rigurosos y responsabilidad. Es impedir que una sola autoridad determine qué puede saberse, qué debe callarse y qué interpretación debe imponerse a la sociedad.

Una democracia necesita periodistas imperfectos, del mismo modo que necesita ciudadanos imperfectos. Lo que no puede tolerar es el silencio obligatorio, la obediencia informativa y la noción de que solo algunos tienen el derecho de narrar la realidad. Cuando se ataca a quien informa, se debilita el derecho de todos a conocer, juzgar y decidir.

La pregunta fundamental no es si nos agrada cada periodista o si compartimos sus conclusiones, sino algo mucho más profundo: ¿queremos vivir en una sociedad donde múltiples voces puedan buscar la verdad, o en una donde una sola voz tenga el poder de definirla por nosotros? ¿Estamos preparados para afrontar con carácter lo que otros digan de nosotros sin recurrir a la victimización? Aun en medio del dolor, mantengamos el derecho de ser libres y la facultad de redimirnos de las leyes cuando estas sean aplicadas desde una narrativa que corrompe. 

Eloísa Troya